Proyecto de ley sobre informes de RSE en Colombia: una ley que ya no fue

. miércoles, 18 de febrero de 2009

Por Carlos Javier Delgado León. Después de que la Plenaria del Senado Colombiano le diera su visto bueno al proyecto de ley 031 de 2007 (326 de 2008 en Cámara), con el cual se pretendía establecer la obligación para las grandes y medianas empresas de redactar y publicar anualmente informes sobre su gestión social y ambiental -entre otras cosas-, di por sentado que en un futuro no muy lejano, pese a los groseros defectos y vacíos de los que adolecía, éste habría de convertirse en ley.

No obstante, varias semanas atrás me llegó una noticia que me dejó doblemente sorprendido: cuando el proyecto fue recibido por la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes (Diputados) para continuar con su trámite legislativo, sus ponentes presentaron informe de ponencia negativa, con lo cual quedó condenado al archivo.

Como puede ser evidente, la primera sorpresa a la que hago alusión en el párrafo anterior, fue justamente que el proyecto hubiera sido calificado negativamente y en consecuencia archivado por parte de quienes conforman la Comisión Primera de la Cámara; pues como lo dije, daba por sentada la futura –y poco eficiente, al menos en los términos en que estaba redactado el proyecto- existencia de la ley. Lo hacía por cuanto asumí desde el comienzo –con un desmedido prejuicio, es cierto-, que la iniciativa estaba signada, más por un mero sentido seudopopulista –sit venia verbo- (“está de moda, quedamos bien, ¡Aprobado!”), que por un verdadero convencimiento de lo que la Responsabilidad Social Empresarial puede ofrecerle a una sociedad como la colombiana. Eso por una parte, y por otra, que el tema de la RSE ha pasado a estar tan pero tan presente de un tiempo para acá en el discurso del Gobierno Nacional, al punto de ser calificada por el propio Presidente de la República como uno de los tres pilares en que se sostiene su política de gobierno, que dado el apoyo mayoritario con que todavía cuenta en la legislatura, francamente no le veía vuelta de hoja al asunto. Pero bueno, ya ven, como lo dice el borracho en “Pedro Navajas”: “La vida te da sorpresas; sorpresas te da la vida”.

Sin embargo, la decisión como tal no me sorprendió tanto como lo hizo el argumento principal que la orientó, pues todos cuantos fueron expuestos pueden resumirse en una misma cosa: la RSE es voluntaria, por lo que hacerla obligatoria mediante una ley es ir en contra de su propia esencia.

Ok, hasta ahí bien, no soy yo quién para refutar lo que ya se ha vuelto un concepto generalizado, por más ontológicamente confuso que sea; pero… ¿Dónde decía el proyecto de ley que la RSE –entendida por la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes y las entidades por ella consultadas conforme a lo expuesto en el Libro Verde- iba a volverse obligatoria? Yo leo y releo el proyecto, y sigo entendiendo algo muy diferente.

Mal que bien –en realidad, bastante más mal que bien-, lo que el proyecto de ley pretendía regular era otra cosa que sin embargo, fue completamente ignorada en todo momento incluso por quienes hubieron de redactarlo: el derecho fundamental de la sociedad colombiana a ser informada (jum… agárreme ese trompo con la uña, como diría mi profesor de sucesiones Avelino Calderón).

Y es que, si se revisa concienzudamente el texto del proyecto y particularmente su artículo quinto, se puede inferir sin temor a equivocarse, que en ningún momento se estaba haciendo obligatoria para las grandes y medianas empresas colombianas la ejecución de políticas y prácticas social y ambientalmente responsables (repito, entendida la RSE como ese algo extra legem al que se refiere el Libro Verde), sino simplemente el deber de informar a la comunidad en general, si acaso estaban o no haciendo algo que pudiera calificarse como socialmente responsable: eso era todo.

UN PROBLEMA FUNDAMENTAL: CONFUNDIR LA RSE CON EL ASISTENCIALISMO SOCIAL

Si bien ya traté de dejar en claro que regular el derecho que tenemos los colombianos y colombianas –incluyendo el propio empresariado, por supuesto- de informarnos sobre cómo nuestras empresas desarrollan la función social que les es propia según el artículo 333 de la Constitución Política, no es lo mismo que regular y hacer obligatoria la RSE, quisiera de todas maneras tratar de ahondar un poco en un elemento que considero coadyuvó, y mucho, a que se diera ésta confusión entre quienes decidieron el archivo del proyecto.

Infortunadamente, el concepto que de RSE se tiene por gran parte de la sociedad colombiana, restringe su entendimiento al mero ejercicio de acciones filantrópicas, degenerando así su sentido a simplemente una forma sui generis de asistencialismo social. De esto no escapan ni el Gobierno Nacional, ni la Academia, ni el mismo empresariado (hecho que queda en evidencia cuando en el texto de ponencia negativa se citan, aun cuando someramente, las opiniones de estos tres sectores sobre el tema).

Por esa misma razón, el razonamiento que confunde la obligación de informar, con una presunta imposición de deber ser, está predeterminado por el juicio que afirma que para que esto último ocurra, el empresariado tendrá que destinar parte de su capital a la ejecución de acciones que, además de ser ajenas a su actividad empresarial, no necesariamente habrán de significarle algún tipo de retribución.

PERO Y ENTONCES… ¿EN QUÉ QUEDAMOS?

La respuesta es simple: quedamos en las mismas; con unas instituciones públicas, con una Academia y con un empresariado que hablan y hablan sobre el tema, pero que todavía no alcanzan a comprender integralmente lo que ser socialmente responsable significa. Quedamos en que mientras eso siga siendo así, en Colombia no podremos contar con los medios necesarios para ser ingerentes ante nuestras empresas, y consecuentemente responsables con nuestro entorno social y ambiental a través de nuestros cotidianos actos de consumo. Quedamos en que ser responsables es cuestión de dar dinero, y que nada tienen que ver con eso el diálogo interactivo entre el empresariado y sus comunidades de interés, los negocios inclusivos, la erradicación de prácticas corruptas al interior de la empresa, la extinción de la discriminación en el trabajo, la conciliación laboral, en fin… (suspiro); quedamos en que aun nos queda mucho camino por recorrer, pero como diría mi madre, al menos también nos queda la ilusión de la certeza de que ya nos queda menos camino que al comienzo.

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Notas:

§ El texto del proyecto de ley aprobado en plenaria del Senado de la República puede leerse siguiendo este enlace. Por su parte, el texto completo del informe de ponencia negativa presentado en la Comisión Quinta de la Cámara de Representates puede consultarse aquí.

§ La imagen que acompaña el post, muestra el detalle de uno de los capiteles del edificio del Congreso de la República de Colombia. Pertence a JhonGne y está lienciada bajo Creative Commons genérica 2.0.