Haciendo símiles: notificados por conducta concluyente

. miércoles, 10 de septiembre de 2008

Por Carlos Javier Delgado León. Algo está pasando, lo sabemos, hemos recibido notificación por conducta concluyente* y no podemos negarlo: el cambio climático es una realidad que está modificando considerablemente nuestros ecosistemas; cada vez es mayor el porcentaje de personas que a lo largo y ancho del mundo intentan sobrevivir sumidas en condiciones de miseria; nuestras fuentes hidrográficas están desapareciendo; la actual economía de materiales está devastando nuestros recursos naturales y está llenando el planeta de contaminación y basura; esto... aquello... lo otro.

Sin embargo, muchas veces pareciera que nos diera lo mismo: le hemos concedido a los "abogados de la otra parte" la facultad de que sean quienes orienten a su manera el transcurrir de este proceso. De seguir así -de mantenernos indiferentes ante lo que pasa- el fallo de la jueza Vida nos será mucho más que simplemente en contra.


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Notas:
*La notificación por Conducta Concluyente es aquella que se deduce por un comportamiento claro e inequívoco de una persona, que permite concluir, sin lugar a dudas, que conoce la existencia de determinada providencia (ver el artículo 330 del Código de Procedimiento Civil Colombiano).